¿Pueden recaudar a la vez diversas entidades por la gestión de derechos de la propiedad intelectual de una misma canción?

Publicado por SFAI Spain    03/03/2016   Propiedad intelectual, SGAE

Actualmente la Ley que protege los derechos de todo creador de una obra musical, literaria, cinematográfica, teatral, audiovisual, etc… es la Ley de la Propiedad Intelectual, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/1996 del 12 de abril.

La LPI establece que corresponde en exclusiva al creador de cualquier obra el ejercicio de los derechos de explotación de su obra en cualquier forma y, en especial, de los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación.

Existen diversas entidades que gestionan los derechos de propiedad intelectual, entre las cuales encontramos las siguientes:

  • SGAE: La Sociedad General de Autores y Editores, ésta es una asociación privada que goza de reconocimiento y autorización administrativa para la gestión y recaudación a nivel estatal de determinados derechos de propiedad intelectuales concedida por el Ministerio de Cultura mediante al Orden del 1 de Junio de 1988. Para más información: http://www.sgae.es/es-ES/SitePages/index.aspx

Además de la SGAE existen otras entidades autorizadas que se dedican a la gestión y recaudación de derechos y que muchas veces colaboran con la propia SGAE actuando de forma conjunta.

  • AGEDI: Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales, una asociación sin ánimo de lucro constituida por productores de música para gestionar de forma colectiva los derechos de propiedad intelectual de los productores de fonogramas y vídeos musicales. Para más información: http://www.agedi.es/
  • AIE: La asociación denominada Artistas Intérpretes o Ejecutantes, Sociedad de Gestión de España, es una entidad de gestión autorizada por el Ministerio de Cultura para defender los derechos que la ley reconoce a los artistas intérpretes o ejecutantes. Para más información: https://www.aie.es/

¿Pueden recaudar las tres entidades a la vez por una misma canción? Pues sí, existe la posibilidad que con la reproducción/comunicación pública de una misma canción tengan derecho a recaudar un canon o compensación económica por aquella reproducción tres entidades a la vez: la SGAE por derechos de autor de la letra de la canción, la AIE por los derechos del artista que la interpreta y AGEDI por los del productor que haya intervenido en la producción de aquella canción.

Actualmente estas entidades colaboran en la mayoría de los casos y subscriben contratos que incluyen a las tres entidades.

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