Plan de Igualdad: preguntas más frecuentes de las empresas

Publicado por SFAI Spain    25/02/2021   Empresas

El 2020 ha traído avances significativos en materia de igualdad en el ámbito laboral. Durante el pasado mes de octubre se publicaron dos reales decretos que resolvían algunos vacíos legales que había dejado la anterior legislación. Sin embargo, estas nuevas directrices no parecen estar del todo claras para las empresas. Por ello, desde Confianz hemos preparado este artículo con las preguntas más comunes formuladas por las compañías sobre las nuevas obligaciones legales en igualdad de género.

 

¿Qué es un Plan de Igualdad?

Un Plan de Igualdad es un documento que reúne una serie de medidas evaluables, dirigidas a eliminar los obstáculos que impiden la igualdad de mujeres y hombres en la empresa. Igualmente está encaminado a a eliminar la discriminación por razón de sexo en el ámbito laboral.

Este documento viene precedido de la realización previa de un diagnóstico que analizar la situación inicial de la compañía. Tras esto, se procede a elaborar el plan mediante una negociación con el/la representante legal de los empleados. Así lo establece el reglamento aprobado a través del Real Decreto-ley 901/2020, de 13 de octubre, que entró en vigor el 14 de enero de 2021.

En cuanto a la estructura del plan, deberá incluir: los objetivos de igualdad a alcanzar, y las estrategias y acciones que se llevarán a cabo para su consecución. También deben figurar los diferentes sistemas de seguimiento del plan. Y por último, la evaluación de los objetivos fijados.

 

¿Qué empresas están obligadas a elaborar un Plan de Igualdad?

El Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, redujo de 250 a 50 el número obligatorio de empleados para que fuera obligatoria la elaboración del Plan de Igualdad. No obstante, esta novedad se ha ido completando de la siguiente forma:

  • Desde el pasado 7 de marzo de 2020, lo deben tener todas las empresas con más de 150 personas en plantilla.
  • A partir del 7 de marzo de 2021, deberán tenerlo todas las empresas con más de 100 personas en plantilla.
  • A partir del 7 de marzo de 2022, deberán tenerlo todas las empresas de 50 a 100 personas en plantilla.

 

¿Qué plazos tiene la empresa que esté obligada para elaborar el Plan de Igualdad?

Los plazos que marca el Real Decreto 901/2020 establece que, desde el momento en que se llega al umbral de obligatoriedad, la empresa contará con 3 meses para negociar y hasta 1 año para elaborar y registrar el plan de igualdad.

 

¿Y si la plantilla de mi empresa no es fija?

Todas las personas cuyo contrato de trabajo sea de una duración superior a 100 o más días contabilizarán como una persona trabajadora. Esto será así independientemente de que en la actualidad ya no esté vigente el contrato.

Por tanto, las empresas deberán hacer un recuento de sus empleados al menos dos veces al año, coincidiendo con junio y diciembre. Por tanto, en el momento en el que se llegue a la cifra de trabajadores que marca el Real Decreto, será obligatorio elaborar el plan de igualdad.

 

¿Y si los trabajadores de mi empresa no cuentan con un representante legal para negociar el plan?

En caso de que no exista la figura de un representante legal, se puede recurrir al Comité de Empresa, Delegados/as de personal y secciones sindicales. Si no hubiese ninguno de estos cargos en la empresa, la compañía podrá organizar elecciones para designar estos roles. O incluso convocar al sindicato o sindicatos más representativos de su sector.

 

¿Las medidas del plan de igualdad son de obligatorio cumplimiento?

Todas las medidas recogidas en el Plan de Igualdad son de carácter voluntario. A no ser que exista una inadecuación legal por parte de la empresa. Sin embargo, la compañía deberá fomentar y llevar a cabo acciones para promover la igualdad de género. Todo ello como parte del compromiso que adopta la propia empresa al hacer un Plan de Igualdad.

Como habréis comprobado, la creación de un Plan de Igualdad es una tarea compleja, cuyas medidas y evolución deben seguirse en el tiempo. Si tu empresa necesita asesoramiento profesional para cumplir con esta normativa, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Estaremos encantados de ayudarte a poner en marcha un plan adaptado a las necesidades de tu empresa.


 Artículo publicado en la web de Confianz

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